

En esta nota te contamos qué documentación debes utilizar para usar el costo en una venta de vehículos en Paraguay. Seguí leyendo para más información.
Con la vigencia 6380/19 se puede utilizar
- Factura de compra.
- Título de compra del vehículo, debidamente inscripto en el Registro Automotor.
5 situaciones probables, por la venta de vehículos
- Cuando el propietario posee el título, cuya compra no se dedujo en el IRP y el valor de venta es mayor al valor de compra y la Renta Presunta es menor: En este caso, se paga el IRP aplicando la tasa del 8% sobre el 30% del valor de venta (tasa efectiva del 2,4% sobre valor de venta).
- Siempre y cuando el propietario posee el título, cuya compra no se dedujo en el IRP y el valor de venta es mayor al valor de compra y la Renta Real es menor: En este caso, se paga el IRP aplicando la tasa del 8% sobre la diferencia entre el valor de venta y el costo más los gastos de venta.
- En Venta de vehículos cuando el propietario posee el título, cuya compra no se dedujo en el IRP y el valor de venta es menor al valor de compra: En este caso, no se paga el IRP al ser la Renta Real menor e igual a cero “0”.
- La venta de vehículo cuando el propietario no posee el título, con independencia de si el valor de venta es menor o mayor a la compra: En este se aplica directamente el 2,4% sobre valor de venta, considerando que la renta presunta será siempre menor.
- Venta de vehículos, cuya compra si se dedujo en el IRP independientemente de si el valor de venta es menor o mayor al de la compra: En este caso, se paga el IRP aplicando la tasa del 8% sobre el el 30% del valor de venta, lo que configura una tasa efectiva del 2,4% directo sobre valor de venta.