venta de vehículos

En esta nota te contamos qué documentación debes utilizar para usar el costo en una venta de vehículos en Paraguay. Seguí leyendo para más información.

Con la vigencia 6380/19 se puede utilizar 

  1. Factura de compra.
  2. Título de compra del vehículo, debidamente inscripto en el Registro Automotor.

5 situaciones probables, por la venta de vehículos

  1. Cuando el propietario posee el título, cuya compra no se dedujo en el IRP y el valor de venta es mayor al valor de compra y la Renta Presunta es menor: En este caso, se paga el IRP aplicando la tasa del 8% sobre el 30% del valor de venta (tasa efectiva del 2,4% sobre valor de venta).
  2. Siempre y cuando el propietario posee el título, cuya compra no se dedujo en el IRP y el valor de venta es mayor al valor de compra y la Renta Real es menor: En este caso, se paga el IRP aplicando la tasa del 8% sobre la diferencia entre el valor de venta y el costo más los gastos de venta.
  3. En Venta de vehículos cuando el propietario posee el título, cuya compra no se dedujo en el IRP y el valor de venta es menor al valor de compra: En este caso, no se paga el IRP al ser la Renta Real menor e igual a cero “0”.
  4. La venta de vehículo cuando el propietario no posee el título, con independencia de si el valor de venta es menor o mayor a la compra: En este se aplica directamente el 2,4% sobre valor de venta, considerando que la renta presunta será siempre menor.
  5. Venta de vehículos, cuya compra si se dedujo en el IRP independientemente de si el valor de venta es menor o mayor al de la compra: En este caso, se paga el IRP aplicando la tasa del 8% sobre el el 30% del valor de venta, lo que configura una tasa efectiva del 2,4% directo sobre valor de venta.

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