Así como la compra de inmuebles, en el anterior régimen tributario la compra de autovehículos en IRP se encontraba dentro de la clasificación de inversiones deducibles. Esto permitía que las pérdidas resultantes de la adquisición sean arrastrables a los siguientes ejercicios fiscales.
Pero, como mencionamos anteriormente, con los cambios realizados a partir de la Ley N° 6380/19 de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario, esta clasificación entre inversión y gasto en el Impuesto a la Renta Personal (IRP) fue eliminada. Hoy día solo se tienen en cuenta los “egresos deducibles”.
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¿Cuándo se deduce la compra de autovehículos en el IRP?
Desde entonces, la compra o venta de vehículos en el IRP 2021 se consigna como egreso deducible en el IRP por Renta de Trabajo, por lo que las pérdidas generadas por la compra no podrán ser compensadas en los próximos ejercicios. En contrapartida, podrá deducirse en el año de la operación.
Como en el caso de los inmuebles, la Ley establece limitaciones para la deducción por un periodo de tiempo: solo un vehículo cada tres años (Art. 64). Asimismo esta norma aplica tanto para pagos al contado como créditos, pudiendo deducirse cada cuota a lo largo del tiempo.
¿Qué establece la variación de base imponible?
La variación de la base imponible para deducir en el IRP compra de vehículos. El Art. 31 del Reglamento Anexo al Decreto Reglamentario, establece que si el vendedor dedujo el vehículo al comprarlo, la base imponible sigue siendo ese primer costo deducido y no el valor de venta.
Es decir, el vendedor aporta la tasa correspondiente 8% sobre el valor de compra y no de la venta. En caso contrario, si no se deduce durante la compra, al momento de vender el pago del IRP será realizado sobre la diferencia positiva entre el costo de la compra y el valor de la venta.
Como generalmente el valor de venta es menor al costo de compra inicial, el pago del IRP por esta operación no se realiza.
Entonces, ¿conviene deducir al momento de comprar o vender?
Sí, en la Renta de Trabajo los ingresos son muy elevados y la deducción de un vehículo ayuda a disminuir o neutralizar el impuesto a pagar, entonces conviene deducir en la compra.
Si no incluimos la deducción de la adquisición de vehículos al momento de comprarlo, no causará mucho efecto en el impuesto a pagar, por eso conviene deducirlo solo como costo, al momento de vender, para no pagar IRP o pagar lo menos posible.
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Compra de autovehículos en el IVA
Para las personas físicas prestadoras de servicios personales, que a su vez sean contribuyentes del IRP y el IVA, la Ley admite la utilización de crédito fiscal en el IVA por la adquisición de vehículos sin límite de tiempo.
Es decir, en el IVA se pueden deducir varias compras de vehículos en el mismo periodo, pero solo sobre el 30% del IVA que figura en la factura.
Recordemos que si compramos un vehículo de otra persona física que no utilizó el crédito fiscal en el momento de comprarlo, al venderlo nos emitirán una factura exenta, por lo cual no generará crédito fiscal a utilizar en el IVA, pero sí podremos deducir en el IRP.
Si la compra de vehículo la realizamos a una persona física que no es contribuyente de ningún impuesto, estamos autorizados a emitir una auto factura por la compra del vehículo.